Paraguay enfrenta una decisión que merece ser analizada más allá de la necesidad inmediata de recaudar impuestos.

Por un lado, nuestro país importa los combustibles fósiles que consume y queda expuesto permanentemente a las variaciones internacionales del petróleo y sus derivados.

Por otro, Paraguay dispone de una extraordinaria capacidad de generación de energía eléctrica renovable.

Entonces surge una pregunta elemental de política económica y energética:

¿Debemos encarecer mediante impuestos la tecnología que permite sustituir combustibles importados por electricidad producida en Paraguay?

La respuesta no debería construirse sobre opiniones. Existen documentos, compromisos internacionales y leyes nacionales que permiten analizar el problema.

1. PARAGUAY Y EL ACUERDO DE PARÍS

Paraguay firmó el Acuerdo de París el 22 de abril de 2016 y posteriormente lo aprobó mediante la Ley N.º 5681/2016.

El objetivo general del Acuerdo es fortalecer la respuesta mundial frente al cambio climático mediante la reducción de emisiones y la transformación progresiva de las economías hacia modelos de desarrollo sostenible.

Paraguay presentó además su Contribución Nacionalmente Determinada —NDC—, estableciendo una meta de reducción del 20% de las emisiones proyectadas al año 2030.

La meta comprende un 10% incondicionado y otro 10% condicionado al apoyo internacional.

Por tanto, Paraguay asumió compromisos concretos de mitigación.

2. PARAGUAY LLEVÓ ESOS PRINCIPIOS A SU PROPIA LEGISLACIÓN

Aquí aparece un documento fundamental.

En 2022 fue promulgada la Ley N.º 6925, “De incentivos y promoción del transporte eléctrico en el Paraguay”.

Su artículo 3 establece:

“Se declara de interés público la promoción del transporte eléctrico, público y privado, como transporte de energía limpia en cumplimiento de los compromisos adquiridos en los convenios internacionales aprobados y ratificados por el país en la materia.”

La conexión entre movilidad eléctrica, política nacional y compromisos internacionales quedó así incorporada expresamente a nuestra legislación.

3. EL CONGRESO NO SOLAMENTE PROMOVIÓ: ESTABLECIÓ INCENTIVOS

La Ley 6925 fue todavía más concreta.

Su artículo 9 dispone incentivos impositivos y económicos destinados a facilitar la utilización del transporte eléctrico.

Y el artículo 10 establece la exoneración del Impuesto Aduanero a la Importación y del IVA para la importación y comercialización de vehículos eléctricos destinados al mercado nacional, así como para determinados equipamientos de recarga.

La propia ley estableció para esa exoneración una vigencia de diez años.

También contempla incentivos relacionados con determinados repuestos y otros componentes necesarios para desarrollar la electromovilidad.

Por tanto, existe una política pública definida por ley:

Paraguay decidió incentivar el transporte eléctrico.

4. AHORA APARECE UNA CONTRADICCIÓN QUE DEBE EXPLICARSE

Si actualmente se pretende reducir esos incentivos o establecer nuevas cargas tributarias sobre los vehículos eléctricos con el objetivo principal de aumentar la recaudación, corresponde formular una pregunta:

¿Qué cambió en la política energética, ambiental o económica del Paraguay para justificar ese cambio de dirección?

Recaudar es necesario.

Pero una política tributaria moderna no debería analizar únicamente cuánto dinero puede ingresar hoy al Tesoro.

También debe calcular cuánto le cuesta al país mantener su dependencia de bienes importados y qué sectores estratégicos conviene desarrollar.

5. PARAGUAY IMPORTA COMBUSTIBLES, PERO PRODUCE ELECTRICIDAD

Esta es probablemente la cuestión económica más importante del debate.

Paraguay depende del exterior para abastecerse de combustibles derivados del petróleo.

Cada litro importado representa utilización de divisas y exposición a precios internacionales, conflictos geopolíticos, costos logísticos y variaciones externas sobre las cuales Paraguay prácticamente no tiene control.

La electricidad presenta una realidad completamente diferente.

Paraguay es productor de energía eléctrica renovable.

Por eso, cuando un vehículo sustituye combustible fósil importado por electricidad, no estamos solamente hablando de medio ambiente.

Estamos hablando de:

política energética, balanza comercial, utilización de nuestra propia energía, seguridad energética, innovación tecnológica y desarrollo nacional.

6. EL IMPUESTO NO PUEDE ANALIZARSE AISLADAMENTE

Es comprensible que el Estado estudie nuevas fuentes de ingresos ante la transformación tecnológica del transporte.

A medida que aumente el parque eléctrico, también deberá discutirse cómo financiar carreteras, infraestructura vial, regulación, seguridad y servicios públicos asociados al transporte.

Ese debate es legítimo.

Pero existe una enorme diferencia entre diseñar gradualmente un sistema tributario para una nueva realidad tecnológica y desincentivar prematuramente una transformación que el propio Estado declaró de interés público.

Antes de modificar los incentivos deberían presentarse estudios.

¿Cuántos vehículos eléctricos existen actualmente?

¿Cuánto deja de recaudar realmente el Estado?

¿Cuánto combustible importado puede sustituirse?

¿Cuántas divisas puede ahorrar Paraguay?

¿Cuánta electricidad nacional adicional puede consumirse?

¿Cuál es el efecto ambiental?

¿Y qué impacto tendría un nuevo impuesto sobre la velocidad de adopción de vehículos eléctricos?

Sin esas respuestas, discutir solamente cuánto puede recaudar el Estado ofrece una visión incompleta del problema.

7. PARAGUAY TIENE UNA VENTAJA QUE MUCHOS PAÍSES QUISIERAN TENER

Numerosos países están invirtiendo enormes recursos para transformar sus matrices energéticas y disminuir su dependencia de combustibles fósiles.

Paraguay parte de una situación excepcional: posee abundantes recursos hidroeléctricos renovables.

Nuestra estrategia debería aprovechar esa ventaja.

Electrificar progresivamente el transporte puede significar utilizar una mayor proporción de nuestra energía dentro del territorio nacional y reducir nuestra exposición a combustibles provenientes del exterior.

Eso requiere planificación, infraestructura de carga, redes eléctricas adecuadas, transporte público eléctrico, inversión privada y reglas tributarias previsibles.

UNA POLÍTICA DE ESTADO DEBE TENER COHERENCIA

El debate no debería reducirse a estar “a favor” o “en contra” de cobrar impuestos a los vehículos eléctricos.

La cuestión es mucho más profunda.

Paraguay firmó el Acuerdo de París.

Paraguay asumió compromisos de reducción de emisiones.

Paraguay sancionó una ley que declaró de interés público la promoción del transporte eléctrico.

Paraguay estableció por ley incentivos impositivos y económicos para impulsarlo.

Y Paraguay, además, dispone de electricidad renovable mientras importa los combustibles fósiles que utiliza.

Por eso corresponde preguntar:

¿Tiene sentido económico, energético y ambiental desincentivar ahora aquello que el propio Estado decidió promover?

Si existen razones técnicas para modificar esa política, deben ser presentadas públicamente mediante números, estudios y proyecciones.

Porque las políticas de Estado no deberían cambiar simplemente por una necesidad coyuntural de recaudación.

Paraguay necesita recaudar mejor.

Pero también necesita pensar estratégicamente.

Antes de gravar la energía del futuro, debemos calcular cuánto nos cuesta seguir dependiendo de los combustibles del pasado.

Dr. Gerardo Meza C. – Economista
El Paraguay que queremos