El Paraguay que queremos: Una enmienda constitucional para poner tope al PGN (60% Corrientes y 40% Capital)
Por Gerardo Meza Caballero
Este artículo fue publicado originalmente hace 12 años en nuestra comunidad de Facebook. Hoy, más de una década después, lo rescatamos y actualizamos para nuestra página web, ya que la realidad económica de nuestro país demuestra que la propuesta inicial no solo sigue vigente, sino que se ha vuelto una necesidad urgente para el futuro de la nación.
Hace más de una década planteamos una bandera que hoy, ante la realidad de nuestras finanzas públicas, se vuelve más urgente que nunca: establecer constitucionalmente un tope del 60% para gastos corrientes y un piso del 40% para gastos de capital en el Presupuesto General de la Nación (PGN).
El PGN es la herramienta más poderosa para moldear el futuro del país, pero históricamente arrastramos un desequilibrio estructural. El Estado paraguayo gasta la mayor parte de sus recursos en funcionamiento diario, salarios y burocracia, dejando un margen mínimo para las inversiones reales que cambian la vida de la gente. Para avanzar hacia el desarrollo sostenible, este límite no debe ser una meta política negociable año tras año; debe ser un mandato constitucional blindado.
La realidad actual del gasto público
Para dimensionar la vigencia de esta propuesta, miremos las cifras oficiales recientes. El Presupuesto General de la Nación contempla recursos sumamente rígidos:
- Gasto rígido asfixiante: Cerca del 89% de los recursos del Tesoro se destinan a financiar gastos rígidos, principalmente salarios del sector público, intereses de la deuda y transferencias operativas obligatorias.
- Financiamiento de la inversión: Con la mayor parte de la recaudación tributaria consumida por el gasto corriente, el Estado se ve obligado a recurrir sistemáticamente al endeudamiento público o a emitir bonos para poder financiar obras de infraestructura vial, hospitales y escuelas.
¿Qué significaría la regla 60/40 en la Constitución?
Establecer este límite mediante una enmienda constitucional transformaría la administración del Estado en dos frentes clave:
- Tope estricto al Gasto Corriente (Máximo 60%): Obligará a los tres poderes del Estado a implementar una verdadera eficiencia administrativa. Ningún gobierno de turno podrá inflar las matrices salariales, crear cargos innecesarios o malgastar en gastos superfluos por encima de este porcentaje. El dinero público se cuidará porque el techo legal será infranqueable.
- Inversión de Capital Garantizada (Mínimo 40%): Asegurará que, de cada 10 guaraníes recaudados o presupuestados, al menos 4 vayan directamente a inversión física, tecnología, rutas, redes de agua potable, infraestructura escolar y salud pública. La inversión dejará de ser el “fusible de ajuste” cada vez que caen los ingresos del Estado.
Conclusión: El momento de actuar es ahora
La propuesta que sostengo desde hace 12 años no ha perdido un ápice de validez; al contrario, el tiempo nos dio la razón. Seguir financiando la operatividad del Estado a costa del desarrollo de nuestra infraestructura nos conduce a un callejón sin salida económica.
Modificar la Carta Magna para fijar la regla del 60% en gastos corrientes y el 40% en gastos de capital es el paso definitivo para consagrar la disciplina fiscal. Es hora de dejar la retórica y blindar el dinero de los contribuyentes. Ese es, verdaderamente, el Paraguay que queremos.