Antes de pedir más dinero a la ciudadanía, el Congreso debe explicar el régimen de múltiples remuneraciones en el Estado
El planteamiento de aumentar impuestos para obtener mayores recursos destinados a la salud pública abre un debate que Paraguay necesita afrontar con absoluta seriedad.
Nadie discute que nuestro sistema de salud necesita recursos.
Necesitamos mejores hospitales, medicamentos, infraestructura, tecnología, especialistas y una atención digna para todos los paraguayos.
Pero antes de pedirle más dinero al contribuyente, existe una pregunta anterior:
¿EL ESTADO ESTÁ ADMINISTRANDO CORRECTAMENTE EL DINERO QUE YA RECIBE?
Y dentro de esa pregunta aparece un asunto constitucional que no puede ser ignorado.
El artículo 105 de la Constitución Nacional establece que ninguna persona podrá percibir, como funcionario o empleado público, más de un sueldo o remuneración simultáneamente, estableciendo expresamente la excepción correspondiente al ejercicio de la docencia.
Posteriormente aparecieron leyes que reglamentaron la simultaneidad y normas que establecieron regímenes particulares para determinados sectores, entre ellos el personal de salud.
Pero existe un principio que está por encima de toda discusión política:
LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ESTÁ POR ENCIMA DE LAS LEYES.
El Congreso puede legislar.
Puede reglamentar.
Puede aprobar presupuestos.
Puede crear políticas públicas.
Puede incluso proponer una reforma constitucional siguiendo el procedimiento establecido por la propia Constitución.
Lo que debe determinarse jurídicamente es si puede, mediante una simple ley ordinaria, crear una excepción material a una prohibición constitucional cuando el propio artículo 105 menciona expresamente cuál es su excepción.
AQUÍ APARECE LA CONTRADICCIÓN QUE LA CIUDADANÍA MERECE QUE SE ACLARE
Por un lado, desde el Congreso se plantea que Paraguay necesita aumentar impuestos porque hacen falta mayores recursos para financiar la salud.
Por otro lado, el propio sistema legal permite que determinados profesionales de la salud mantengan múltiples vínculos remunerados con el Estado bajo determinadas condiciones.
Entonces preguntamos:
¿Antes de aumentar impuestos a millones de paraguayos, no corresponde determinar primero si ese régimen de múltiples remuneraciones es plenamente compatible con el artículo 105 de la Constitución?
La cuestión no es estar contra los médicos.
Todo lo contrario.
Paraguay necesita médicos bien remunerados y condiciones laborales dignas.
Pero también existen enfermeros, docentes, ingenieros, economistas, abogados, informáticos, contadores y miles de funcionarios y trabajadores que merecen igualdad ante la ley.
No puede haber profesionales de primera y profesionales de segunda.
PRIMERO REVISAR EL GASTO; DESPUÉS HABLAR DE IMPUESTOS
Aumentar impuestos es relativamente sencillo desde una banca legislativa.
Quien finalmente paga es el ciudadano.
Mucho más difícil es revisar cómo se utiliza cada guaraní del Presupuesto General de la Nación.
Antes de crear o aumentar impuestos, Paraguay debería determinar cuánto puede obtener mediante:
reducción de la evasión y la informalidad;
digitalización integral de la recaudación;
Inteligencia Artificial para detectar inconsistencias tributarias;
eliminación de gastos innecesarios;
control de remuneraciones y vínculos públicos;
eliminación de superposiciones horarias;
control efectivo del cumplimiento de las horas contratadas;
y revisión constitucional de los regímenes excepcionales financiados con recursos públicos.
Solo después de realizar ese trabajo puede discutirse responsablemente si el Estado realmente necesita pedirle más dinero a la ciudadanía.
LA PREGUNTA NO ES CUÁNTO MÁS PODEMOS COBRAR
La verdadera pregunta debería ser:
¿CUÁNTO MÁS PUEDE RECAUDAR Y CUÁNTO PUEDE AHORRAR PARAGUAY SIN SUBIR UN SOLO IMPUESTO?
Ese cálculo debería preceder cualquier reforma tributaria.
Y si una parte del gasto público deriva de leyes cuya compatibilidad con la Constitución genera dudas razonables, esas normas deberían ser sometidas al control constitucional correspondiente.
Porque existe una cuestión elemental de legitimidad:
no se puede comenzar pidiendo mayores sacrificios tributarios a la ciudadanía mientras el propio Estado no demuestre que ha revisado sus privilegios, sus excepciones, sus ineficiencias y cada guaraní que gasta.
NO ES UNA DISCUSIÓN CONTRA LOS MÉDICOS
Este punto debe quedar absolutamente claro.
Los profesionales de blanco no sancionaron las leyes.
Las leyes las sanciona el Congreso.
Por eso nuestra pregunta está dirigida principalmente a quienes legislan:
¿Es constitucional crear mediante una ley ordinaria un régimen de múltiples remuneraciones que parece ampliar las excepciones expresamente previstas en el artículo 105?
Y existe una pregunta política todavía más importante:
¿Puede el mismo Poder Legislativo pedir mayores impuestos a la ciudadanía para financiar un sistema sin promover previamente la revisión constitucional y económica de las reglas de gasto que él mismo aprobó?
PRIMERO LA CONSTITUCIÓN. DESPUÉS LOS IMPUESTOS.
Este debería ser el orden del debate nacional.
Primero determinar qué permite la Constitución.
Después revisar cuánto gasta el Estado.
Después eliminar corrupción, evasión, informalidad, privilegios e ineficiencias.
Después medir cuánto puede aumentar la recaudación mediante tecnología, digitalización e Inteligencia Artificial.
Y solamente entonces, si los números demuestran que continúa existiendo una necesidad estructural de financiamiento, discutir transparentemente con la ciudadanía si corresponde modificar determinados impuestos.
No podemos comenzar por el bolsillo del contribuyente.
Porque puede haber muchas leyes.
Constitución Nacional hay una sola.
Y está por encima de todas ellas.
Dr. Gerardo Meza C. – Economista
El Paraguay que queremos